Rechazan otra vez el recurso de los vecinos de Senda de Granada contra Joven Futura

Publicado por: | Fecha: 30/agosto/2017
TSJ Murcia

TSJ Murcia

Fuente: EFE

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a través de su Sala de lo Contencioso, no ha admitido por segunda vez, por defectos de forma, el recurso que la Asociación de Vecinos de Senda de Granada Oeste presentó contra la resolución del ayuntamiento de Murcia de noviembre de 2005 que aprobó de forma definitiva el plan parcial Joven Futura.

Esta era la segunda vez en que el asunto llegaba a la Sala, ya que, tras una primera inadmisión del recurso por no haber demostrado la Asociación que el acuerdo de recurrir fue aprobado por el órgano competente de la misma, la decisión fue revocada por el Tribunal Supremo, que ordenó al TSJ darle un plazo para subsanar ese defecto procesal. Fue entonces cuando la Sala notificó a la Asociación el plazo del que disponía para acreditar en forma que cumplía el requisito de que la decisión de acudir a los tribunales había sido aprobada por el órgano que, según sus estatutos, debía acordarla. Ahora, el tribunal no ha admitido por segunda vez el recurso al reiterar que la citada organización vecinal no ha subsanado el defecto procesal que originó la primera inadmisión a trámite. Así, comenta, en el Libro de Actas aportado a las actuaciones no figura anotación alguna sobre una asamblea que, según los apelantes, se habría celebrado en febrero de 2006 y en la que se habría tomado la decisión de recurrir el acuerdo del pleno municipal que dio su aprobación definitiva al mencionado plan parcial.

 





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